Plan de igualdad empresa
Ayudar a las empresas a promover un entorno laboral justo, equilibrado y sin discriminación.
PLAN IGUALDAD EN LA EMPRESA (consultoría laboral)
ÁBACO2, Consultoría ambiental
¿Qué son los planes de igualdad?
Los planes de igualdad son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, dirigidas a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
Entidades obligadas a tener Plan de Igualdad
Obligación general de igualdad en el ámbito laboral
El art. 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, establece que las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.
Empresas obligadas a contar con un Plan de Igualdad
Con la aprobación del Real Decreto 6/2019, de 1 de marzo, todas aquellas organizaciones con más de 50 personas en plantilla deberán contar con un plan de igualdad obligatorio. También han de poner en marcha un Plan de Igualdad cuando así lo establezca el convenio colectivo de aplicación o cuando la autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de sanciones por la elaboración y aplicación de dicho plan.
Normativa que regula los planes de igualdad
Todo ello queda previsto en el Real Decreto 901/2020 de 13 de octubre, por el que se regulan los contenidos de los planes de igualdad y su registro y el Real Decreto 902/2020 de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que define varios instrumentos de transparencia retributiva que también deberán ser desarrollados por las empresas.
Planes de Igualdad en las Administraciones Públicas
En el caso de las Administraciones Públicas (entidades locales, diputaciones provinciales, gobiernos regionales, etc.), TODAS sin excepción deben aprobar un Plan de Igualdad al inicio de cada legislatura (Disposición adicional séptima del TREBEP)
Empresas de titularidad pública
Por último, las Empresas de titularidad pública (Empresas Municipales de Transporte, Puertos del Estado, Servicios de Emergencias…), deberán aprobar un Plan de Igualdad si así lo recoge la normativa de Igualdad de la Comunidad Autónoma correspondiente.
¿Qué establece el plan de igualdad?
Según lo previsto en el RD 901/2020, los planes de igualdad deben constar del análisis de:
- Proceso de selección y contratación
- Clasificación profesional
- Formación
- Promoción profesional
- Condiciones de trabajo
- Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral
- Infrarrepresentación femenina
- Retribuciones
- Prevención del acoso sexual y acoso por razón de sexo
¿Cómo se elabora el plan de igualdad?
Nuestro proceso de trabajo está diseñado para minimizar la carga de trabajo de tu equipo y asegurar la calidad del dato:
Compromiso de la empresa o entidad
Formalización del compromiso de la dirección en el establecimiento de políticas igualitarias y del desarrollo del plan interno de igualdad.
Constitución de la Comisión de Igualdad negociadora del plan
Te acompañamos en la constitución de la comisión de acuerdo a los sujetos legitimados para ello y respetando los criterios de paridad, proporcionalidad y composición equilibrada.
Diagnóstico de la situación
Se realizará el análisis de datos cuantitativos desagregados por sexo e información cualitativa de las políticas de recursos humanos, aplicando la perspectiva de género e incluyendo la Auditoria Salarial, Valoración de Puestos de Trabajo y todas las materias que establece la normativa (RD 901/2020 y 902/2020).
Elaboración del plan de acción
Elaboramos el documento final haciendo partícipe en todo el proceso, tanto a la comisión como a la plantilla, definiendo objetivos, medidas, indicadores, responsables, calendario de trabajo, recursos; así como el sistema para su revisión, seguimiento, evaluación y control.
Aprobación y registro del plan
El documento final deberá ser aprobado por la comisión de igualdad y registrado en el REGCON, en caso de ser en el ámbito de la empresa privada, y en el registro específico de las administraciones públicas, si son de ayuntamientos, mancomunidades, provinciales…
Ejecución de medidas
Te acompañamos en la implantación de las medidas recogidas en el Plan de Igualdad, atendiendo al calendario y plazos establecidos (elaboración de protocolos de acoso, protocolos de selección, manuales y guías, registros, campañas de sensibilización, acciones formativas, etc.).
Seguimiento y evaluación
Prestamos asistencia técnica para la programación de las actividades, asesorando en la implantación de las medidas, acompañando a las reuniones periódicas a la Comisión de Seguimiento y Evaluación y elaborando los informes trimestrales, semestrales o anuales, en caso que así se nos solicite.
